¿Cuánto me pueden embargar de la nómina en 2023?

Preguntado por: Dr. Cristina Sánchez Hijo  |  Última actualización: 7 de agosto de 2026
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En 2023, no te pueden embargar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 1.080€; a partir de ahí, se aplica una escala progresiva: el 30% del tramo entre 1.080€ y 2.160€, el 50% hasta 3.240€, el 60% hasta 4.320€, el 75% hasta 5.400€ y el 90% de lo que exceda de 5.400€, siempre sobre el exceso de cada tramo, no sobre el total, y con posibles reducciones si tienes cargas familiares, según la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) artículo 607.

¿Cuál es el máximo embargable de una nómina?

De tu nómina te pueden embargar por tramos, respetando siempre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como inembargable; sobre el exceso del SMI se aplican porcentajes crecientes: 30% sobre el primer tramo (hasta 2xSMI), 50% sobre el segundo (hasta 3xSMI), 60% sobre el tercero (hasta 4xSMI), 75% sobre el cuarto (hasta 5xSMI) y hasta un 90% sobre el resto, aunque un juez puede ajustar estos porcentajes (10-15%) si tienes cargas familiares.
 

¿Cuánto es lo máximo que te pueden quitar de la nómina?

Resumen. El embargo de nómina solo puede afectar al sueldo que exceda del salario mínimo interprofesional (SMI), que en 2024 asciende a 1.134 € netos mensuales en 14 pagas.

¿Qué cantidades de mi nómina son inembargables?

Las cantidades inembargables en España se basan en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), siendo este totalmente inembargable, y estableciendo escalas progresivas sobre el exceso: hasta el doble del SMI se embarga el 30%, hasta el triple el 50%, hasta el cuádruple el 60%, hasta el quíntuple el 75%, y el 90% sobre el exceso restante, con posibles rebajas del 10-15% para cargas familiares, según el Artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 

¿Cuánto dinero se puede embargar de una nómina?

Actualmente, estás ganando 1.500 euros al mes. De este salario los primeros 1.184 euros están protegidos y no pueden ser embargados. Esto significa que solo los ingresos que excedan los 1.184 euros pueden ser sujetos a embargos.

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16 preguntas relacionadas encontradas

¿Cuánto dinero debes deber para que te embarguen?

No hay una cantidad mínima de deuda para ser embargado, pero sí límites legales sobre cuánto te pueden quitar de tu sueldo o pensión, protegiendo siempre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) actual (unos 1.184€/mes en 2025) y aplicando porcentajes crecientes sobre lo que superes ese SMI, como el 30% sobre el segundo tramo, el 50% sobre el tercero, y así hasta un 90% sobre cantidades muy elevadas. 

¿Cuál es la deuda mínima para que te embarguen?

No hay un monto mínimo establecido por ley. Incluso deudas bajas pueden terminar en embargo si existe una demanda judicial. Para que esto ocurra, debe existir un juicio ejecutivo notificado. Recordemos que hay casos en que la notificación no se recibe materialmente y te entiendes notificado de todas formas.

¿Cuál es el límite de embargo de sueldo?

De tu nómina te pueden embargar por tramos, respetando siempre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como inembargable; sobre el exceso del SMI se aplican porcentajes crecientes: 30% sobre el primer tramo (hasta 2xSMI), 50% sobre el segundo (hasta 3xSMI), 60% sobre el tercero (hasta 4xSMI), 75% sobre el cuarto (hasta 5xSMI) y hasta un 90% sobre el resto, aunque un juez puede ajustar estos porcentajes (10-15%) si tienes cargas familiares.
 

¿Cómo se calcula el embargo de una nómina?

El cálculo de un embargo de nómina se basa en tramos escalonados sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), donde una parte inicial es inembargable y sobre los excesos se aplican porcentajes crecientes (30%, 50%, 60%, 75%, 90%) según la ley española, sumando los importes de cada tramo para obtener el total embargable.
 

¿Cuánto es lo máximo que me pueden embargar de mi sueldo?

Solo se puede embargar el 20% del excedente

Si tu salario es **mayor al salario mínimo**, solo se te podrá embargar la **quinta parte (20%)** del monto que exceda el salario mínimo mensual legal vigente para el año en curso.

¿Cuándo no te pueden embargar la nómina?

¿Cómo se efectúa el embargo de la nómina? En el ordenamiento jurídico español la regla general, conforme a lo previsto en el artículo 607 de la LEC, es que el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, será inembargable.

¿Cuánto es lo máximo que te pueden retener en nómina?

Hacienda fija en el 47% el tope máximo de retención en nómina. El tope máximo de retención en nómina del Impuesto sobre la Rentas de las Personas Físicas (IRPF) que puede solicitar un trabajador es el 47%. Así lo ha determinado la Dirección General de Tributos (DGT) en una reciente consulta vinculante.

¿Qué parte del sueldo no es embargable?

Primer tramo o fracción: es inembargable. Segundo tramo o fracción: 30% Tercer tramo o fracción: 50% Cuarto tramo o fracción: 60%

¿Cuánto es lo máximo que se puede descontar del sueldo?

La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

¿Cuánto tardan en embargar una nómina?

El embargo de nómina no tiene un plazo fijo, pero desde que se emite la orden judicial hasta que se aplica pueden pasar de 2 a 6 meses o más, dependiendo de la agilidad del juzgado y la administración, aunque una vez notificada a la empresa, esta debe aplicarlo en la siguiente nómina. El proceso implica notificar al deudor (2-4 semanas), ejecutar el embargo (3-6 meses) y retener hasta que la deuda se cubra, lo cual puede llevar meses o años según el monto. 

¿Cuánto me quitan si me embargan la nómina?

Si te embargan la nómina, te quitan un porcentaje escalonado del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), no de la totalidad: la primera parte hasta el SMI es inembargable, y sobre el exceso se aplican porcentajes (30%, 50%, 60%, 75%, 90%) según tramos de ingresos, pudiendo haber reducciones por cargas familiares. El cálculo se hace por tramos del SMI, no sobre el sueldo completo, y el primer tramo es 100% inembargable. 

¿Cuánto me pueden embargar de mi salario?

De tu nómina te pueden embargar por tramos, respetando siempre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como inembargable; sobre el exceso del SMI se aplican porcentajes crecientes: 30% sobre el primer tramo (hasta 2xSMI), 50% sobre el segundo (hasta 3xSMI), 60% sobre el tercero (hasta 4xSMI), 75% sobre el cuarto (hasta 5xSMI) y hasta un 90% sobre el resto, aunque un juez puede ajustar estos porcentajes (10-15%) si tienes cargas familiares.
 

¿Cuál es el límite de inembargabilidad?

límite de inembargabilidad es de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, depositados en la cuenta más antigua de la cual sea titular el contribuyente.

¿Cómo puedo evitar que me embarguen el sueldo?

Para evitar un embargo de sueldo, lo principal es pagar la deuda, negociar un plan de pagos con el acreedor, o, si la situación es insostenible, acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad (para personas físicas), que permite cancelar deudas y suspende embargos en curso. Es clave actuar rápido y buscar asesoramiento legal, especialmente antes de recibir la notificación oficial, para explorar opciones como la creación de cuentas inembargables o solicitar aplazamientos, sobre todo si se trata de Hacienda o Seguridad Social. 

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que me embarguen por una deuda?

En resumen, no hay un tiempo fijo para el embargo. Depende del tipo de deuda, del plazo de prescripción y de si el acreedor inicia acciones judiciales para reclamarla antes de que ese plazo se cumpla.

¿Qué porcentaje se puede descontar del sueldo?

El descuento no puede exceder del 30% del del salario del empleado. La cantidad máxima a descontar no debe sobrepasar el salario mensual del trabajador.

¿Qué cantidad tienes que deber para que te embarguen?

¿Cuánto dinero tienes que deber para que te embarguen? No existe un monto mínimo oficial, pero normalmente se trata de deudas considerables, superiores a los $30,000 o $50,000 pesos. Esto porque iniciar un juicio cuesta dinero para el banco, y solo lo hacen cuando consideran que vale la pena recuperar la deuda.

¿Qué es lo primero que te embargan?

Primero se embargan los bienes más fáciles de convertir en dinero para cobrar la deuda, es decir, el dinero en efectivo y las cuentas bancarias, seguido de créditos y valores, luego bienes muebles como joyas y arte, y finalmente, si es necesario, bienes inmuebles y sueldos/pensiones. Este orden jerárquico busca la máxima eficiencia para el cobro, empezando por lo más líquido y accesible, como el dinero, y terminando con lo menos líquido, como una casa. 

¿Qué tiene que pasar para que me embarguen el sueldo?

Te pueden embargar el sueldo cuando tienes una deuda firme (Hacienda, Seguridad Social, banco, comunidad, pensión alimenticia) y hay una resolución judicial o administrativa, no antes, y siempre respetando el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como inembargable, embargando solo el exceso en tramos progresivos, como el 30% del excedente hasta el doble del SMI, y más porcentaje a medida que el sueldo es mayor.
 

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