¿Qué derechos tengo si me voy de la empresa?
Preguntado por: Gabriela Menéndez | Última actualización: 10 de febrero de 2026Puntuación: 4.4/5 (23 valoraciones)
Si te vas de una empresa voluntariamente, te pertenece el finiquito (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras proporcionales, horas extra), pero no indemnización ni paro (desempleo), aunque debes cumplir el preaviso (usualmente 15 días) para evitar descuentos. El finiquito liquida lo pendiente hasta tu último día, y es crucial revisar tu convenio colectivo para el preaviso, ya que incumplirlo puede generar deducciones en tu liquidación final.
¿Qué me tienen que pagar si me voy de la empresa?
El trabajador que pide la baja voluntaria tiene derecho a finiquito. Este incluirá los días trabajados y no cobrados, la parte proporcional de vacaciones, las pagas prorrateadas que correspondan y cualquier otro ingreso o extra en su parte proporcional, como por ejemplo dietas.
¿Qué derechos pierdo si me voy del trabajo?
Las consecuencias de una baja voluntaria para el trabajador son principalmente; no tener derecho a indemnización por extinción de la relación laboral (aunque sí finiquito) y la imposibilidad de solicitar la prestación por desempleo.
¿Qué me corresponde cobrar si renuncio a mi trabajo?
Si renuncias, te deben pagar tu finiquito, que incluye tu salario de los días trabajados en el mes, vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra (aguinaldo), ¡no es una indemnización, sino conceptos pendientes!. La empresa puede descontarte los días de preaviso si no los cumples (generalmente 15 días), según el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo.
¿A que tengo derecho si renuncio voluntariamente a mi trabajo?
Al renunciar voluntariamente, tienes derecho al finiquito, que incluye salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales, pero NO a indemnización por despido ni a la prestación por desempleo, ya que la terminación es tu decisión, aunque debes cumplir el preaviso legal (generalmente 15 días) para no sufrir descuentos.
¿Cobraré FINIQUITO si ME VOY YO de la empresa?
¿Cuando un trabajador renuncia voluntariamente a qué tiene derecho?
Al renunciar voluntariamente, tienes derecho al finiquito, que incluye salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales, pero NO a indemnización por despido ni a la prestación por desempleo, ya que la terminación es tu decisión, aunque debes cumplir el preaviso legal (generalmente 15 días) para no sufrir descuentos.
¿Qué me corresponde de finiquito si me voy yo?
Si renuncias (baja voluntaria), no recibes indemnización por despido, pero sí tienes derecho a tu finiquito, que incluye el pago de salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales, más cualquier otra cantidad adeudada (horas extra, etc.). La empresa no te puede negar el finiquito, pero puede descontar los días de salario si no cumpliste con el preaviso (generalmente 15 días).
¿Cuánto me corresponde de pago si renuncio a mi trabajo?
Es fundamental aclarar algo: finiquito no es indemnización. Cuando un trabajador renuncia, no tiene derecho a una indemnización por despido, pero sí a cobrar lo que ha generado y no percibido hasta su cese.
¿Qué me corresponde si renuncio a un trabajo?
Equivale a 12 días de salario, por cada año de servicio. Con un tope de 2 UMAs. Implica el pago de tres meses de salario integrado, salarios caídos y otras prestaciones.
¿Qué beneficios pierdo si renuncio a mi trabajo?
Al renunciar, pierdes principalmente la indemnización por despido (cesantía) y el derecho al paro/seguro de desempleo (en España), pero conservas todos tus derechos adquiridos como salario pendiente, vacaciones no disfrutadas (pagas extra), gratificaciones y otros beneficios proporcionales, los cuales deben pagarte en tu liquidación o finiquito final. Si no cumples el preaviso (usualmente 15 días), la empresa puede descontarte esos días de tu finiquito.
¿Qué me deben pagar si renuncio voluntariamente?
Respecto a los montos que corresponde pagar si se pone término por renuncia, corresponderá el pago de los días trabajados y del feriado proporcional, que es una compensación en dinero de las vacaciones, en el caso que el trabajador no las haya usado.
¿Qué me toca si renuncio a mi trabajo?
Si renuncias a tu trabajo, no tienes derecho a una indemnización por despido, pero sí a tu finiquito, que incluye el pago de tus días trabajados en el último mes, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extras proporcionales, además de cualquier otra cantidad que la empresa te adeude (salarios pendientes, horas extras, etc.). Es importante conocer tus derechos para asegurarte de que te paguen todo lo que has generado hasta tu último día, como el sueldo pendiente, las vacaciones acumuladas y el aguinaldo proporcional.
¿Es obligatorio avisar con 15 días para dejar un trabajo?
Sí, generalmente es obligatorio avisar con un preaviso (normalmente 15 días, pero puede variar) para dejar un trabajo voluntariamente, según el convenio colectivo o el contrato, y no hacerlo puede resultar en descuentos en el finiquito. No es una ley universalmente fija, sino que depende de tu convenio o contrato, siendo crucial revisarlo para conocer tu obligación exacta, ya que la falta de preaviso puede generar pérdidas económicas para ti.
¿Qué derechos tengo si renuncio a mi trabajo?
Si renuncias a tu trabajo, tienes derecho al finiquito, que incluye salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales, pero NO a la indemnización por despido ni al paro (prestación por desempleo), a menos que tu salida sea por causas justificadas (como autodespido por incumplimiento grave de la empresa). Debes entregar preaviso (usualmente 15 días, salvo convenio) y te pueden descontar el salario de esos días si no lo cumples.
¿Qué ayuda puedo pedir tras una baja voluntaria?
Para los que no tengan derecho a prestación por desempleo tras haber abandonado de forma voluntaria su puesto de trabajo existen otra serie de ayudas a las que pueden optar, tales como el subsidio por insuficiencia de cotización, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o la Renta Activa de Inserción (RAI).
¿Qué derechos tengo si me retiro de una empresa?
Si te vas de una empresa voluntariamente, te pertenece el finiquito (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras proporcionales, horas extra), pero no indemnización ni paro (desempleo), aunque debes cumplir el preaviso (usualmente 15 días) para evitar descuentos. El finiquito liquida lo pendiente hasta tu último día, y es crucial revisar tu convenio colectivo para el preaviso, ya que incumplirlo puede generar deducciones en tu liquidación final.
¿Qué me corresponde si renuncio a mi trabajo?
Si renuncias a tu trabajo, no recibes indemnización, pero tienes derecho a tu finiquito, que incluye el salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra (aguinaldo/«paga extra»/bonos) y otros conceptos devengados. No te corresponde prestación por desempleo, pero debes cumplir el preaviso (generalmente 15 días), o la empresa podría descontarte esos días de tu finiquito.
¿Qué es la ley de renuncia voluntaria?
El artículo 51 de la LFT indica que se considera renuncia voluntaria sin responsabilidad para la persona cuando: Hubo engaño en las condiciones de trabajo. Se sufrió violencia o malos tratos. Se redujo el salario o no se pagó a tiempo.
¿Cómo saber cuánto me toca de finiquito?
Para saber cuánto te toca de finiquito, suma el salario de los días trabajados del último mes, la parte proporcional de pagas extras y de vacaciones no disfrutadas, más posibles horas extras o pluses pendientes, y resta las retenciones de IRPF y Seguridad Social, usando tu salario diario (mensual/30) como base para los cálculos proporcionales, teniendo en cuenta tu convenio colectivo para los detalles.
¿Qué pago me corresponde si renuncio a mi trabajo?
Al momento de renunciar únicamente tienen derecho a las prestaciones de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado.
¿Qué derechos tengo si me voy del trabajo?
Si te vas voluntariamente del trabajo, tienes derecho a tu finiquito (salario del mes en curso, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras y otros conceptos pendientes), pero NO a la indemnización por despido ni a la prestación por paro (salvo excepciones muy justificadas como acoso o impago de salarios). Debes avisar con la antelación que marque tu convenio (normalmente 15 días) para evitar descuentos.
¿Cuando renuncias al trabajo, ¿qué te tienen que pagar?
Si renuncias, te deben pagar tu finiquito, que incluye tu salario de los días trabajados en el mes, vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra (aguinaldo), ¡no es una indemnización, sino conceptos pendientes!. La empresa puede descontarte los días de preaviso si no los cumples (generalmente 15 días), según el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo.
¿Cuando una persona renuncia voluntariamente a qué tiene derecho?
Al renunciar voluntariamente, tienes derecho al finiquito, que incluye salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales, pero NO a indemnización por despido ni a la prestación por desempleo, ya que la terminación es tu decisión, aunque debes cumplir el preaviso legal (generalmente 15 días) para no sufrir descuentos.
¿Qué me corresponde si me voy del trabajo?
Si te vas de una empresa voluntariamente, te pertenece el finiquito (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras proporcionales, horas extra), pero no indemnización ni paro (desempleo), aunque debes cumplir el preaviso (usualmente 15 días) para evitar descuentos. El finiquito liquida lo pendiente hasta tu último día, y es crucial revisar tu convenio colectivo para el preaviso, ya que incumplirlo puede generar deducciones en tu liquidación final.
¿Cómo irse del trabajo y cobrar el finiquito?
El empleado debe comunicar la baja voluntaria mediante una carta en donde se especifique la fecha en la que se dejará de trabajar. Se necesita por parte del empleado un preaviso de 15 días, respetando el convenio que se haya firmado. La empresa es responsable de realizar el abono del finiquito.
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