¿Quién está obligado a facturar electrónicamente en 2023?

Preguntado por: Biel Gaytán Hijo  |  Última actualización: 26 de septiembre de 2026
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En 2023, en España, todas las empresas y autónomos con facturación superior a 8 millones de euros anuales estaban obligados a emitir facturas electrónicas en operaciones entre profesionales y empresas (B2B), según la Ley Crea y Crece, con plazos escalonados para el resto de autónomos (obligados para 2025) y empresas (con plazos mayores, hacia 2027), afectando principalmente las transacciones B2B y las realizadas con la Administración Pública.

¿Quién está obligado a facturar electrónicamente en España a partir de 2025?

La factura electrónica será obligatoria en España para todas las empresas y autónomos en sus relaciones comerciales B2B (entre empresas) a partir de 2026, aunque su aplicación se hará de manera escalonada y por fases.

¿Cómo sé si estoy obligado a facturar electrónicamente?

De manera general, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, están obligados a expedir factura electrónica o documento equivalente.

¿Para quién es obligatoria la factura electrónica?

La factura electrónica será obligatoria para todas las empresas y autónomos en España en sus operaciones B2B (entre empresas/autónomos) y con la Administración Pública, implementándose por fases según la facturación, con plazos que arrancan en 2026 para grandes empresas (más de 8M€) y continúan para el resto (pymes, autónomos) en los años siguientes, adaptándose al sistema Verifactu bajo la Ley Crea y Crece, excepto en operaciones B2C con particulares. 

¿Cómo saber si estoy obligado a hacer una factura electrónica?

Por otro lado, la nueva Ley Crea y Crece hará que todas las empresas cuya facturación supere los 8 millones de euros tengan un plazo de un año para cumplir con la factura electrónica de forma obligatoria. Las empresas que facturen menos de 8 millones de euros tendrán un año más.

Facturación Electrónica en Colombia: ¿Quiénes Están Obligados y Cómo Hacerlo en 2024?

26 preguntas relacionadas encontradas

¿Cómo puedo saber si estoy obligado a emitir facturas electrónicas?

Si tus ingresos anuales son mayores o iguales a 75 UIT o S/ 401,250.00 , debes emitir tus facturas, notas electrónicas, boletas de venta electrónica, ticket POS y notas electrónicas desde el 1 de enero de 2021.

¿Cómo saber si estoy obligado a facturar electrónicamente?

¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes electrónicos en 2022? Para el 2022 serán responsables de facturar electrónicamente las personas naturales y sociedades que declaren transacciones con el Estado entre USD 200.000,01 y USD 300.000,00, en la actividad fiscal anterior.

¿Quiénes están exentos de la factura electrónica?

No están obligados a facturar electrónicamente (en España, bajo la ley Crea y Crece) principalmente quienes solo facturan a consumidores finales (particulares), aquellos que operan con clientes internacionales fuera de España, empresas y autónomos en Haciendas Forales (País Vasco y Navarra), y los adscritos al Sistema de Inmediata (SII), además de los que emiten facturas simplificadas (importe bajo) o no están obligados a facturar en general (como algunos sectores muy específicos de ganadería o pesca). 

¿Quiénes están obligados a realizar facturas electrónicas?

1️⃣ Empresas grandes, medianas y pequeñas (pymes) Hoy en día, todas las empresas que venden bienes o prestan servicios están obligadas a emitir facturas electrónicas, sin importar su tamaño o sector.

¿Quién necesita solicitar una factura electrónica?

Nueva norma a partir del 1 de enero de 2026: Cualquier transacción superior a RM10,000 debe tener una factura electrónica independiente ; no se permiten facturas electrónicas consolidadas para estas transacciones. La facturación electrónica solo es obligatoria si su facturación anual es igual o superior a RM500,000. Si su facturación es inferior a RM500,000, estará exento permanentemente.

¿Cuáles son los topes para facturar electrónicamente?

Los topes de ingresos que obligan a emitir factura electrónica están establecidos en unidades de valor tributario (UVT). Para 2025, si una persona natural supera los 3,500 UVT anuales en ingresos brutos por ventas o servicios, deberá facturar electrónicamente. Esto equivale a aproximadamente $174 millones de pesos.

¿Qué sucede si no se factura electrónicamente estando obligado a hacerlo?

Por otro lado, la ley determina que el empresario debe enfrentar una multa del 5% sobre los ingresos operacionales del negocio cuando NO se factura electrónicamente.

¿Cuál es el monto mínimo para emitir una factura electrónica de crédito?

Se actualizó el monto mínimo a partir del cual las empresas deben emitir obligatoriamente una factura de crédito electrónica a $3.958. 316.

¿Quién está obligado a facturar electrónicamente en 2025?

Aquellos que sean responsables de impuestos como el IVA o el consumo, así como los comerciantes y ciertos contribuyentes del régimen simple, están obligados a realizar este proceso, ya sea electrónicamente o mediante documentos equivalentes.

¿Quién está exento de emitir factura electrónica en España?

¿Quiénes están exentos de emitir factura electrónica en España? Los autónomos y pequeñas empresas con facturación anual inferior a 85.000 euros, así como algunos sectores específicos como el agrícola o los que tributan bajo el régimen de módulos, pueden estar exentos.

¿Cuándo entra en vigor la obligatoriedad de la factura electrónica?

La obligatoriedad de la factura electrónica en España, bajo la Ley Crea y Crece, entra en vigor de forma progresiva entre 2025 y 2027, dependiendo del volumen de facturación de las empresas, esperando la aprobación del reglamento técnico para establecer fechas concretas, aunque ya hay un plan que sitúa a las grandes empresas antes y a las PYMES y autónomos después, con el sistema Verifactu de la AEAT como herramienta clave, y con un retraso generalizado a 2027 para la aplicación total de Verifactu. 

¿Quién está obligado a realizar una factura electrónica?

En España, la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas y autónomos en sus transacciones B2B (entre profesionales y empresas) a partir de 2026, de forma escalonada, según la Ley Crea y Crece, buscando digitalizar completamente el tejido empresarial, aunque existen excepciones para facturas simplificadas o con partes no españolas. Esta normativa se implementará por fases, siendo obligatorio inicialmente para quienes facturen más de 8 millones de euros anuales, y luego para todos, incluyendo a los autónomos, que tradicionalmente estaban exentos en el sector público, pero ahora se les incluye en el sector privado.
 

¿Cómo saber si debo facturar electrónicamente?

Si realizas operaciones que están gravadas con IVA, es un indicativo claro de que debes emitir facturas electrónicas. Esto aplica tanto para la venta de bienes como la prestación de servicios. Régimen Simple de Tributación: Si tu empresa pertenece a este régimen, estás obligado a utilizar la facturación electrónica.

¿Quiénes no están obligados a emitir facturas electrónicas?

No están obligados a facturar (especialmente electrónicamente en España) aquellos que solo venden a consumidores finales (B2C) a menos que lo pidan, negocios minoristas/hostelería/peluquerías en operaciones menores a 3.000€ (o 400€ sin importar el sector), autónomos y pymes con facturación baja (ej. < 85.000€ anuales), o en operaciones exentas de IVA como algunas financieras, sanitarias o educativas, aunque esto varía según la legislación local y el tipo de operación (B2B vs B2C).
 

¿Cuándo es obligatorio emitir una factura electrónica?

La factura electrónica será obligatoria en España de forma progresiva: los autónomos y pymes empezarán en 2026 (o antes, según el reglamento final), y las grandes empresas tendrán plazos mayores, con el objetivo de cubrir a todas las empresas y autónomos para 2027, implementando el sistema Verifactu de la Ley Antifraude, obligando a facturar electrónicamente en operaciones B2B y B2C (en ciertos casos) y a interactuar con la Administración. 

¿Cómo saber si una empresa está obligada a emitir facturas electrónicas?

De acuerdo con el SAT, conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, todos los contribuyentes están obligados a emitir Factura Electrónica. Es decir que, están obligados a expedir factura electrónica todos los contribuyentes que realicen operaciones comerciales con terceros.

¿Qué pasa si no hago facturas electrónicas?

¿Qué pasa si no cumplo con la facturación electrónica obligatoria? Como ya se ha comentado, todas las empresas deberán cumplir con la obligación de la facturación electrónica y cumplir los requisitos legales. De no hacerlo, estas podrían enfrentarse a sanciones como apercibimiento o multas de hasta 10.000 euros.

¿Quiénes están obligados a emitir facturas electrónicas?

En España, la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas y autónomos en sus transacciones B2B (entre profesionales y empresas) a partir de 2026, de forma escalonada, según la Ley Crea y Crece, buscando digitalizar completamente el tejido empresarial, aunque existen excepciones para facturas simplificadas o con partes no españolas. Esta normativa se implementará por fases, siendo obligatorio inicialmente para quienes facturen más de 8 millones de euros anuales, y luego para todos, incluyendo a los autónomos, que tradicionalmente estaban exentos en el sector público, pero ahora se les incluye en el sector privado.
 

¿Qué personas están obligadas a facturar?

Pueden facturar empresarios y profesionales (autónomos y empresas) que realicen entregas de bienes o servicios, así como particulares para trabajos puntuales si cumplen ciertos límites (generalmente, sin superar el SMI mensual) y se dan de alta en Hacienda, siendo obligatoria la facturación electrónica para la mayoría en España a partir de 2026 con sistemas como Verifactu. 

¿Cuál es el monto mínimo para facturar electrónicamente?

Si el valor de la venta sin incluir impuestos es mayor o igual 5 UVT, se debe expedir por obligación Factura Electrónica de Venta.

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