¿Qué pasa si la empresa cierra y estoy de excedencia?

Preguntado por: Srta. Aurora Mora  |  Última actualización: 20 de agosto de 2026
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Si tu empresa cierra estando tú de excedencia voluntaria, no tienes derecho a indemnización por despido (ya que el contrato está suspendido), pero sí a una indemnización por despido si la excedencia es por cuidado de hijos/familiares (excedencia forzosa/protegida) y, en general, a un derecho preferente de reingreso en otras vacantes si la empresa tiene más centros o si el cierre no es total, pudiendo reclamar como despido improcedente si te niegan el reingreso injustamente al terminar la excedencia.

¿Qué pasa si tengo una excedencia y cierra la empresa?

Si estás en excedencia voluntaria y tu empresa cierra, no tienes derecho a indemnización por despido si el cierre es total (ERE extintivo), porque tu puesto se extingue junto con la empresa y tu derecho preferente de reingreso desaparece, pero si el ERE es parcial y no te afecta a ti directamente, sí podrías reclamar indemnización o impugnar el despido, ya que se frustra tu expectativa de reincorporación; en ambos casos, la situación es compleja y depende de si la empresa cierra por completo o no, y si te incluye en un ERE o simplemente no te reincorpora al finalizar la excedencia. 

¿Qué pasa si estoy de excedencia y la empresa hace un ERE?

¿Si estoy en excedencia voluntaria y mi empresa hace un ERE puedo apuntarme voluntariamente y rescindir mi contrato? Si tu empresa se encuentra inmersa en la negociación de un Expediente de Regulación de Empleo puedes apuntarme como voluntario para la extinción de tu contrato de trabajo, aunque estés en excedencia.

¿Qué pasa con el trabajador si la empresa cierra?

Si una empresa cierra, los trabajadores no pierden sus derechos; tienen derecho a finiquito, indemnización (generalmente 20 días por año, máximo 12 mensualidades, como despido objetivo) y el acceso al paro, y si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede cubrir salarios e indemnizaciones pendientes. Es crucial actuar rápido, guardar pruebas y, si hay dudas, buscar asesoría legal para reclamar todo lo que corresponde. 

¿Qué pasa si te despiden estando de excedencia?

Durante el disfrute de estas excedencias será nulo el despido de las personas trabajadoras excedentes, salvo que se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con las excedencias analizadas.

Consecuencias del trabajador tras una excedendencia

34 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué pierdes con una excedencia?

Durante la excedencia, el trabajador puede estar exento de acudir al trabajo y realizar sus funciones habituales, pero también puede perder algunos beneficios económicos, como el salario y la cotización a la seguridad social.

¿Qué pasa si la empresa no me reincorpora después de una excedencia?

Si el trabajador decide no reincorporarse, sí debe presentar una carta de renuncia. En caso contrario, la empresa podría considerar que se ha producido un abandono del puesto de trabajo, con el consiguiente riesgo de despido disciplinario.

¿Qué pasa con los empleados si una empresa cierra?

Indemnización por despido y pagos finales

Los empleados tienen derecho a recibir todos los pagos finales cuando una empresa cierra , incluyendo: salario hasta la fecha de despido, pago de vacaciones no disfrutadas e indemnización por despido según los requisitos legales.

¿Qué indemnización me corresponde si la empresa cierra?

La indemnización por cierre de empresa en España es generalmente de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, aplicable como si fuera un despido objetivo. Si la empresa no puede pagar, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede cubrir parte o la totalidad, con límites. Es fundamental presentar una papeleta de conciliación en el SMAC para reclamar tus derechos.
 

¿Qué pasa si la empresa en la que trabajo cierra?

Si su empleador no es insolvente

Podrías tener que llevar a tu empleador ante el tribunal laboral para obtener el dinero que te debe . Para reclamar una indemnización por despido, debes iniciar el proceso de solicitud ante el tribunal dentro de los 6 meses menos 1 día desde la finalización de tu empleo.

¿Tengo derecho a una indemnización por excedencia?

No recibes indemnización por excedencia voluntaria, solo el finiquito (días trabajados, vacaciones pendientes, pagas extras). La indemnización solo surge si la empresa no te reincorpora al finalizar la excedencia y existía una vacante adecuada, considerándose un despido improcedente, lo que te da derecho a reclamar daños y perjuicios (salarios no percibidos) o a demandar por despido si niegan tu derecho de reingreso. 

¿Qué puedo hacer si estoy de excedencia y no quiero volver?

Si estás de excedencia y no quieres volver, simplemente no solicitando la reincorporación, la relación laboral se extinguirá como una baja voluntaria, perdiendo tu puesto pero sin que sea sancionable, aunque generalmente no da derecho a paro; lo más recomendable es comunicarlo formalmente a la empresa con una carta para cerrar bien el proceso y evitar malentendidos, ya que no es obligatorio reincorporarse tras una excedencia voluntaria. 

¿Qué puedo cobrar estando de excedencia?

Si estás de excedencia voluntaria, no cobras salario, pero sí puedes recibir el finiquito (vacaciones no disfrutadas, pagas extras pendientes), y en casos muy específicos, acceder al paro si trabajas en otra empresa y te despiden, o si la empresa te deniega la reincorporación tras tu excedencia, aunque la regla general es que no hay derecho a paro porque la relación laboral no se rompe, solo se suspende. 

¿Cómo se liquida a un trabajador cuando la empresa cierra?

En caso de que se confirme la quiebra, los empleados tienen derecho a recibir una indemnización económica. Esto incluye: - Un pago equivalente a tres meses de salario. - Una prima de antigüedad, que corresponde a 12 días de salario por año trabajado.

¿Qué finiquito me corresponde por excedencia?

Al solicitar una excedencia, no hay indemnización, pero sí se tiene derecho a un finiquito o liquidación por los conceptos devengados y pendientes: salario del mes en curso, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extras, ya que la relación laboral se suspende temporalmente, no se extingue. Este pago liquida lo adeudado hasta la fecha de inicio de la excedencia, pero no incluye compensación por despido, dado que es una decisión del trabajador.
 

¿Cuánto me tienen que indemnizar por cierre de empresa?

La indemnización por cierre de empresa en España es generalmente de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, aplicable como si fuera un despido objetivo. Si la empresa no puede pagar, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede cubrir parte o la totalidad, con límites. Es fundamental presentar una papeleta de conciliación en el SMAC para reclamar tus derechos.
 

¿Qué indemnización corresponde por cierre de la empresa?

La indemnización por cierre de empresa en España es generalmente de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, aplicable como si fuera un despido objetivo. Si la empresa no puede pagar, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede cubrir parte o la totalidad, con límites. Es fundamental presentar una papeleta de conciliación en el SMAC para reclamar tus derechos.
 

¿Qué pasa con los empleados si la empresa cierra?

¿QUÉ PASA CON EL TRABAJADOR SI CIERRA LA EMPRESA? En ambos casos, los trabajadores despedidos tienen derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. Además, pueden acceder a prestaciones por desempleo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué es una liquidación por cierre?

La liquidación por cierre es un proceso donde una empresa cesa sus operaciones, vende todo su inventario (a menudo con grandes descuentos) para generar efectivo, paga deudas y reparte el patrimonio restante, siendo un paso clave en la disolución del negocio, ya sea voluntaria o forzosa, y requiere cumplir con trámites legales específicos.
 

¿Cuando una empresa cierra, ¿qué pasa con los trabajadores en Ecuador?

Todo trabajador o trabajadora que forma parte de una empresa que quiebra, tiene que ser desvinculado formalmente, es decir, recibir una carta de despido y, posteriormente, su finiquito.

¿Qué tipo de despido es si la empresa cierra?

Si una empresa cierra, el tipo de despido es generalmente un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), o en casos de有不少 empleados, un despido colectivo (ERE), ambos con derecho a indemnización y finiquito, pero el procedimiento y cuantía varían según el número de afectados y la causa, a menudo gestionado por el FOGASA si la empresa es insolvente. 

¿Qué sucede con los trabajadores cuando se clausura un negocio?

Si una empresa cierra, los trabajadores no pierden sus derechos; tienen derecho a finiquito, indemnización (generalmente 20 días por año, máximo 12 mensualidades, como despido objetivo) y el acceso al paro, y si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede cubrir salarios e indemnizaciones pendientes. Es crucial actuar rápido, guardar pruebas y, si hay dudas, buscar asesoría legal para reclamar todo lo que corresponde. 

¿Qué pasa si cierra mi empresa y estoy de excedencia?

Si estás en excedencia voluntaria y tu empresa cierra, no tienes derecho a indemnización por despido si el cierre es total (ERE extintivo), porque tu puesto se extingue junto con la empresa y tu derecho preferente de reingreso desaparece, pero si el ERE es parcial y no te afecta a ti directamente, sí podrías reclamar indemnización o impugnar el despido, ya que se frustra tu expectativa de reincorporación; en ambos casos, la situación es compleja y depende de si la empresa cierra por completo o no, y si te incluye en un ERE o simplemente no te reincorpora al finalizar la excedencia. 

¿Qué derechos tengo después de una excedencia voluntaria?

¿Qué derechos tiene el trabajador después de la excedencia voluntaria? El trabajador que ha estado en excedencia voluntaria solo tiene un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que haya o se produzcan en la empresa (artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores).

¿Cuando vuelves de una excedencia te pueden despedir?

Sí, te pueden despedir después de una excedencia, pero no de forma automática o por el mero hecho de haberla disfrutado, sino si la empresa tiene una causa justificada (como la no existencia de vacante o la competencia desleal) o si la negativa a reincorporarte se interpreta como un despido improcedente o tácito, lo cual te da derecho a reclamar indemnización o readmisión, especialmente si niegan tu reincorporación sin motivo válido. 

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