¿Qué pasa cuando hay varios embargos?

Preguntado por: Asier Zúñiga  |  Última actualización: 13 de mayo de 2026
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Cuando hay varios embargos, estos se ejecutan por orden de llegada; el primer acreedor tiene prioridad y cobra de los bienes embargados (nómina, cuentas, etc.) hasta agotar su deuda, y solo entonces el segundo, tercer, etc., acreedor comienza a cobrar de lo que queda o de otros bienes disponibles, siempre respetando los límites legales de embargo y no perjudicando al embargante anterior, especialmente en el caso de la nómina, donde existen tramos porcentuales fijos.

¿Cuántos embargos se pueden hacer a la vez?

La ley no permite que se retengan dos embargos sobre el mismo sueldo de forma simultánea. La primera retención tiene prioridad absoluta, por lo que el segundo acreedor no puede cobrar hasta que el primero haya agotado su derecho.

¿Qué pasa si tengo más de un embargo?

Cuando el embargo no es por alimentos, frente a varios embargos de la misma clase pueden coexistir y su ejecución dependerá del embargo que se notificó primero a la empresa y sobre el salario restante se aplicarán los embargos sucesivos en orden de llegada.

¿Cuando el dinero se encuentre depositado en cuentas bancarias a nombre de varios titulares, el embargo puede alcanzar?

No obstante esto, es una práctica muy frecuente en los Juzgados que, tras la solicitud del acreedor para que se embarguen las cuentas bancarias titularidad del deudor, el Juzgado acuerda automáticamente embargar el 50% del saldo de la cuenta si hay dos titulares, el 33% si hay tres titulares y así sucesivamente.

¿Cuántas veces te puede embargar?

Pueden darse dos embargos sobre el mismo sueldo siempre que el primero no haya consumido los porcentajes de la escala del artículo 607, pero sí el primer embargante ha consumido los porcentajes de la escala, no es posible un segundo embargo ya que el primer acreedor tendrá derecho a agotar el patrimonio del deudor ...

¿Cuáles son las deudas por las que te pueden embargar y qué bienes no se pueden llevar?

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¿Cuánto tarda en caducar un embargo?

En general: Deudas sin sentencia judicial (por ejemplo, préstamos o facturas no judicializadas) prescriben a los 5 años, según el artículo 1964 del Código Civil. Deudas reconocidas mediante sentencia firme o título ejecutivo pueden prescribir a los 20 años, de acuerdo al artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Qué puedo hacer si me amenazan de embargo?

La CONDUSEF te recuerda que la cobranza extrajudicial ilegal es un delito que se perseguirá por querella, por lo que si eres víctima de amenazas o te intimidan por teléfono o por escrito, puedes acudir a las oficinas de la Comisión Nacional en donde además de presentar tu queja a través del REDECO, recibirás asesoría ...

¿Qué tipo de cuentas no son embargables?

En España no existe ningún tipo de cuenta bancaria que no sea susceptible de ser embargada por decisión judicial para que el acreedor pueda satisfacer y cobrar su deuda, bien en su totalidad o una parte.

¿Qué sigue después del embargo de cuentas bancarias?

Los fondos embargados se transfieren a la cuenta que se nos ordene en el oficio judicial. Esto se lo informamos al Juez mediante oficio judicial. Si por algún motivo, el oficio no ordena la transferencia y/o no indica a qué cuenta transferir, nosotros le solicitamos esa información al Juzgado.

¿Puede un banco congelar mi cuenta sin una orden judicial?

Sí, los bancos pueden congelar su cuenta sin previo aviso, pero solo en circunstancias legales específicas . Las directrices del Banco de la Reserva de la India (RBI), las disposiciones de la Ley de Licencias de Protección Temporal (PMLA), la Ley del Impuesto sobre la Renta (IRL) y las órdenes judiciales definen cuándo y cómo los bancos pueden restringir los fondos. Los clientes tienen derecho a estar informados en situaciones no penales, como en asuntos relacionados con el proceso KYC.

¿Cómo librarme de un embargo?

Para levantar un embargo, la forma más directa es pagar la deuda completa (incluyendo costas) y pedir al juzgado o acreedor el "paz y salvo" para solicitar el levantamiento judicial, aunque también puedes negociar un acuerdo, impugnar el embargo si el bien no es tuyo (tercería de dominio), demostrar que es inembargable, o incluso acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad si aplica, siendo crucial contar con un abogado para guiarte. 

¿Cuántos años puede durar un embargo?

En esta entrada aprenderemos que la anotación de embargo tiene una vigencia máxima de 4 años (aunque puede ser inferior, a discreción del órgano competente), transcurridos los cuales el embargo caduca a menos que antes se haya ordenado su prórroga por hasta 4 años más y así sucesivamente.

¿Cuánto me pueden embargar de una nómina de 1200 €?

De una nómina de 1200€, te pueden embargar una cantidad pequeña, ya que se respeta el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 es de 1184€ (en 14 pagas). De los 16€ que superan ese límite, se embarga el 30%, resultando en unos 4,80€ embargables, aunque algunas fuentes indican cifras ligeramente superiores como 19,80€ dependiendo del cálculo exacto del SMI prorrateado. 

¿Qué pasa si tengo dos embargos?

Cuando el embargo no es por alimentos, frente a varios embargos de la misma clase pueden coexistir y su ejecución dependerá del embargo que se notificó primero a la empresa y sobre el salario restante se aplicarán los embargos sucesivos en orden de llegada.

¿Cuántos años duran los embargos?

- Vigencia y caducidad de las medidas cautelares: Los embargos tendrán una vigencia de TRES (3) años contados a partir de su toma de razón. Las inhibiciones generales de bienes tendrán una vigencia de CINCO (5) años contados a partir de su toma de razón.

¿Qué embargos tienen prioridad?

La prelación de embargos es el orden legal que determina qué bienes de un deudor se embargan y en qué secuencia para asegurar el pago a los acreedores, priorizando el dinero y créditos líquidos sobre bienes inmuebles o salarios, aunque la prioridad temporal del primer embargo inscrito a veces prevalece; este orden busca la máxima eficacia para que el acreedor cobre pronto, siguiendo pautas como: Dinero/Cuentas > Créditos realizables > Joyas > Rentas > Muebles > Inmuebles > Sueldos/Pensiones. 

¿Cuando te van a embargar te avisan?

No, en ningún caso. Como deudor, es tu derecho conocer que se van a embargar tus cuentas, lo que te da, a su vez, la posibilidad de elegir otra forma de pago de la deuda.

¿Cuál es el máximo que te pueden embargar de la cuenta?

Desde un punto de vista legal, existen unos límites para el embargo de dinero en una cuenta: El equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (en la actualidad, en 1.080 euros) no puede embargarse. Hasta el doble del SMI (2.160 euros), sólo se podrá embargar el 30%.

¿Cuánto tarda un juicio por embargo?

El tiempo para que un embargo se haga efectivo varía mucho, desde 1-2 meses para Hacienda/Seguridad Social (por ser más rápidos) hasta 3-12 meses o más para bancos y particulares, dependiendo de si hay oposición, la diligencia del acreedor y la carga del juzgado, pero en general, tras una sentencia firme, un embargo puede tardar unos 20 días hábiles en iniciarse y luego semanas o meses para la retención real, especialmente en nóminas o cuentas bancarias, que pueden ser más lentos.
 

¿Qué cuentas no se pueden embargar?

Si una cuenta o billetera digital tiene un saldo igual o inferior al establecido, ese dinero no puede ser embargado. Si el saldo supera dicha cifra, únicamente la porción que excede el límite puede ser objeto de embargo judicial.

¿Qué días hacen los barridos a las cuentas los embargos?

Los barridos de cuentas por embargo dependen del organismo: los judiciales son imprevisibles (cualquier día hábil), mientras que los de Hacienda y Seguridad Social suelen programarse alrededor del día 5 o el 20 de cada mes para coordinar con sus tesorerías, aunque pueden variar. 

¿Puedo retirar dinero de mi cuenta si me embargan?

Sí, generalmente puedes sacar el dinero que no esté afectado por el embargo, pero la parte retenida queda bloqueada. Si el embargo es total, no podrás sacar nada hasta que se levante la retención, aunque puedes solicitar al juez o al organismo el acceso a una parte para gastos básicos, justificándolo, y puedes abrir una nueva cuenta para liquidez.
 

¿Cuáles son los 3 tipos de amenazas?

Para ello, deberemos de acceder a los siguientes enlaces:

  • (V.I) AMENAZAS DE UN MAL CONSTITUTIVO DE DELITO.
  • (V. II) AMENAZAS DE UN MAL NO CONSTITUTIVO DE DELITO.
  • (V. III) AMENAZAS LEVES.

¿Cuál es la deuda mínima para que te embarguen?

No hay un monto mínimo establecido por ley. Incluso deudas bajas pueden terminar en embargo si existe una demanda judicial. Para que esto ocurra, debe existir un juicio ejecutivo notificado. Recordemos que hay casos en que la notificación no se recibe materialmente y te entiendes notificado de todas formas.

¿Cómo librarse de un embargo judicial?

Para levantar un embargo judicial, debes cumplir la obligación (pagar la deuda más costas), llegar a un acuerdo de pago con el acreedor, o presentar una oposición/recurso legal si hay motivos válidos (ej., prescripción, bien inembargable), solicitando al juez la orden de levantamiento (oficio de desembargo) una vez cumplido el requisito, proceso que idealmente debe hacerse con un abogado para asegurar el trámite correcto ante el juzgado y las entidades registradoras. 

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