¿Qué documentos se archivan por 6 años?

Preguntado por: Dr. África Correa  |  Última actualización: 1 de octubre de 2026
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Se deben archivar por 6 años los documentos contables y mercantiles fundamentales, como libros de contabilidad (diario, inventario, cuentas anuales), facturas, justificantes y correspondencia de la empresa, según el Código de Comercio, contando desde el último asiento. Este plazo es crucial para posibles inspecciones fiscales o reclamaciones, y se aplica a la documentación en general de la actividad empresarial, incluso si la empresa cesa.

¿Cuánto tiempo se debe archivar la documentación?

Seis años, en el caso de documentación con valores administrativos; ● Cinco años, para la documentación contable o fiscal; y, ● Doce años, para la documentación con valores legales o jurídicos.

¿Cuántos años fiscales hay que guardar los documentos?

Debes guardar la documentación fiscal por un mínimo general de 4 a 6 años, dependiendo del tipo de documento y legislación (4 años para lo tributario según la LGT en España, 6 años para lo mercantil según el Código de Comercio), aunque puede extenderse a 10 años para deducciones o blanqueo de capitales, y más para ciertos inmuebles (14 años), contando desde el final del periodo de declaración o último asiento. 

¿Qué documentos se deben guardar para toda la vida?

La siguiente documentación privada debería guardarse de por vida:

  • Todos los documentos del registro civil, como certificados de nacimiento y matrimonio.
  • Documentación de pensiones y de la seguridad social.
  • Certificados.
  • Documentación del seguro de enfermedad.

¿Qué documentos debo guardar para siempre?

Documentos que debe guardar para siempre

  • Certificados de nacimiento y de defunción.
  • Tarjetas del Seguro Social.
  • Licencias de matrimonio.
  • Documentos de divorcio.
  • Documentos de baja militar.
  • Pólizas de seguro de vida (pólizas actuales)
  • Testamentos y testamentos en vida.
  • Pasaportes (vigentes y vencidos)

Gestión documental, archivo y normatividad Introducción

40 preguntas relacionadas encontradas

¿Cuántos años hay que guardar los recibos del IBI?

Debes guardar los recibos del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) al menos 4 años, que es el plazo general de prescripción para las inspecciones de Hacienda, aunque por si acaso, y para estar cubierto frente a posibles reclamaciones mercantiles o por si interrumpes la prescripción, es recomendable guardarlos durante 6 años. Este plazo empieza a contar desde que finaliza el periodo voluntario de pago de cada recibo. 

¿Cuánto tiempo debo guardar los documentos fiscales?

Documentación fiscal y tributaria.

– Los documentos justificantes de ingresos y gastos, contratos, recibos, extractos de bancos, albaranes, así como la contabilidad en sus libros diario y balances, deben guardarse 4 años, según la Ley General Tributaria, art.

¿Cuántos años atrás puede revisar Hacienda?

Hacienda puede investigar hasta cuatro años atrás desde el momento en que se presenta una declaración, pero este plazo puede ampliarse si detectan fraude o alguna irregularidad grave.

¿Cuánto tiempo se guardan las facturas de luz y gas?

Deberá conservar los comprobantes y documentos que acrediten las operaciones vinculadas a su actividad, por un término de hasta 5 años después de operada la prescripción del período fiscal a que se refiere.

¿Qué documentos se deben conservar por 20 años?

Artículo 13: le establece al empleador el deber de conservar por un período mínimo de 20 años, entre otros documentos, los conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro de los trabajadores; contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa.

¿Deben conservarse los registros durante 7 años?

Debe conservar los registros durante 6 años a partir del final del último ejercicio económico de la empresa al que se refieren, o durante más tiempo si: muestran una transacción que cubre más de uno de los períodos contables de la empresa. la empresa ha comprado algo que espera que dure más de 6 años, como equipo o maquinaria.

¿Cuánto tiempo hay que guardar las nóminas?

Debes guardar las nóminas y documentos laborales al menos 4 a 5 años, siendo 4 años el plazo mínimo general para fines fiscales (Agencia Tributaria) y de Seguridad Social, mientras que algunos como contratos y registros de jornada, se deben conservar 5 años desde el fin del contrato, y reclamaciones salariales prescriben a 1 año, para el trabajador, recomendándose guardar más tiempo (5-10 años) por precaución y para normativa de blanqueo de capitales (10 años), o subvenciones europeas (3 años),. 

¿Cuánto tiempo deben guardar los bancos la información?

Las entidades financieras tienen la obligación de conservar la documentación relativa a sus clientes durante 6 años desde la inscripción del último asiento realizado en los libros, tal y como establece el artículo 30.1 del Código de Comercio.

¿Cuántos años es obligatorio guardar documentos?

Normativa sobre la conservación de documentos empresariales

Según su artículo 30, los libros, correspondencia, documentos y justificantes relativos a la actividad de la empresa deben conservarse durante un periodo mínimo de seis años, contados desde el último asiento realizado.

¿Qué papeles hay que guardar en casa?

Facturas y contratos: qué documentos debes guardar y durante cuánto tiempo para no tener problemas

  • Tiques y facturas. ...
  • Pólizas de seguros y documentación adicional. ...
  • Contratos de alquiler. ...
  • Escrituras de titularidad. ...
  • Documentos de pago. ...
  • Documentos académicos y profesionales. ...
  • Contrato de trabajo. ...
  • Certificado de vida laboral.

¿Cuántos años atrás te revisa Hacienda?

Cuándo prescribe una deuda tributaria

👩‍🏫 El artículo 66 de la Ley General Tributaria (LGT) establece que las deudas con Hacienda prescriben a los 4 años. Es decir, que Hacienda tiene un plazo de 4 años para revisarte tu última declaración de renta y las tres anteriores.

¿Qué prescribe a los 10 años?

A los diez años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez. A los cinco años, los demás delitos, excepto los delitos leves y lo de injuria y calumnia, que prescriben al año.

¿Qué delitos no prescriben nunca?

Los delitos que no prescriben son principalmente aquellos de extrema gravedad que atentan contra los derechos humanos y la paz social, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra (contra personas y bienes en conflictos armados) y los delitos de terrorismo si resultan en la muerte de una persona, permitiendo la persecución judicial en cualquier momento sin importar el tiempo transcurrido, según el derecho internacional y la legislación española. 

¿Cuántos años hay que guardar la documentación para Hacienda?

Los empresarios y profesionales deberán expedir y entregar facturas y conservar las facturas y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias durante el plazo de prescripción de 4 años (artículo 29.2, letra e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 165.

¿Cuántos años de libros necesito conservar?

En general, los registros de la empresa deben conservarse durante seis años a partir del cierre del ejercicio contable. Sin embargo, cierta documentación debe conservarse durante 10 años, incluyendo: Los libros estatutarios de la empresa (los registros de la empresa deben conservarse durante toda su actividad).

¿Cuánto tiempo se debe guardar la documentación laboral?

Los siguientes documentos y registros deben ser conservados por un periodo mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa […]. ARTÍCULO 60.

¿Qué documentos se deben guardar para siempre?

En cuanto a los documentos de identificación, como el DNI, el pasaporte y la tarjeta de la Seguridad Social, así como el libro de familia, deben estar siempre disponibles.

¿Cuántos años puede inspeccionar Hacienda a un particular?

Si te preguntabas «¿cuántos años atrás me puede revisar Hacienda?», ya sabes que son cuatro años. Agotado ese plazo, el derecho de la AEAT a investigar e inspeccionar se extingue.

¿Cuánto tiempo hay que guardar las facturas de luz y gas?

La escritura sí es un documento que se debe conservar en forma permanente. En el caso de los comprobantes de impuestos, la recomendación general usualmente es que se conserven las facturas y recibos de pago durante cinco años.

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