¿Cuándo se puede poner un monitorio?

Preguntado por: Gael Olivo  |  Última actualización: 23 de julio de 2022
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Cuando se convierta la deuda valor en deuda dineraria, sí se podrá acudir al jucio monitorio.

¿Cuándo procede un juicio monitorio?

El juicio monitorio es un tipo de juicio que tiene como objetivo reclamar judicialmente el cobro de deudas dinerarias de cualquier importe, cuando la deuda sea líquida, determinada, vencida y exigible.

¿Cuándo se puede interponer un monitorio?

Cuando la deuda sea inferior a 6.000 € la reclamación se sustanciará mediante un juicio verbal, y cuando sea superior a dicha cantidad corresponderá al juicio ordinario. En definitiva, el procedimiento monitorio es la mejor vía de reclamación de deudas dinerarias, líquidas, determinadas, vencidas y exigibles.

¿Qué cantidad se puede reclamar por monitorio?

En efecto, el proceso monitorio hasta el año 2009 estaba limitado a 30.000€, después se modificó a la cuantía máxima de 250.000€ y tras la última reforma de cuantía en el pasado año 2012 y adaptándonos a la normativa europea, no existe cantidad límite a reclamar.

¿Cuál es la cantidad minima para ir a juicio?

Así pues, una deuda de menos de 6.000 euros nos llevaría a un juicio verbal, un proceso más sencillo y rápido. Sin embargo, si la deuda fuera mayor a 6.000 euros sería preciso ir a un juicio ordinario, un proceso más complejo y que requiere de más tiempo para poder llevar a cabo.

Procedimiento monitorio (actualizado 2021)

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¿Cuánto dinero puedes deber?

En concreto, son 600.000€ la cantidad mínima de dinero que hay que deber para colarse en la lista de deudores con la administración pública. No obstante, rebasar esta cota en deuda o sanciones tributarias no es el único requisito para aparecer en esta lista.

¿Qué pasa si no pago una deuda de 300 euros?

Al final, una 'sencilla' deuda de 300 euros se te puede complicar, y sumando intereses de demora y costas, puede acabar siendo una cantidad importante para tu economía. Y si no cumples con tu obligación de pagar, acabarás en un pozo de embargos patrimoniales en el te aseguro que no te interesa entrar.

¿Que me pueden embargar en un juicio monitorio?

Intereses, rentas y frutos de toda especie. Bienes muebles, acciones, títulos o valores que no admiten cotización oficial y participaciones sociales. Bienes inmuebles. Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales.

¿Cuánto vale un proceso monitorio?

Las tasas para un procedimiento ordinario son de 300 euros como cantidad fija y el 0,1% para las personas físicas y el 0,50% para las jurídicas en concepto de cantidad variable.

¿Quién paga los gastos de un juicio monitorio?

El deudor deberá pagar las costas a la Comunidad en un juicio monitorio aunque pague la deuda reclamada antes de ser requerido por el Juzgado.

¿Cuáles son los requisitos del proceso monitorio?

El Proceso Monitorio tiene como objetivo simplificar y acelerar los litigios sobre obligaciones dinerarias de baja cuantía. No es requisito que la deuda objeto de la demanda conste en título ejecutivo, pero si debe ser determinada, líquida, exigible y de plazo vencido.

¿Cómo iniciar un monitorio?

Fases del Procedimiento Monitorio
  1. Presentación del escrito de inicio.
  2. Admisión o inadmisión por el Juzgado.
  3. En caso de admisión, traslado del requerimiento de pago al demandado.
  4. Una vez notificado el requerimiento, el demandado puede: Pagar voluntariamente. Tras verificarse el pago, se archivará el asunto. Oponerse.

¿Cómo funciona el procedimiento monitorio?

¿Qué es el juicio o procedimiento monitorio? Es un procedimiento judicial que permite reclamar el impago de todas las deudas monetarias por medio de la vía judicial, sin importar el importe del que se trate y siempre que cumpla los requisitos que se establecen en la ley.

¿Qué pasa después de un monitorio?

Después de un monitorio, se tiene que presentar la correspondiente demanda de ejecución. Es importante que se conozca que existe un plazo máximo de 5 años para ejecutar, pero especialmente cuando son empresas de recobro suele ser un procedimiento bastante rápido.

¿Cómo se paga un juicio monitorio?

Cuando el juez valida la documentación por parte del acreedor, que es la persona o entidad a quien se debe dinero, hace un requerimiento para que la deuda se realice en un plazo máximo de 20 días hábiles. Este pago se debe realizar en el juzgado.

¿Cuánto tiempo puede durar un proceso monitorio?

Cuando se localiza al demandado, este tendrá un plazo de 20 días naturales para que contesté la demanda si lo desea. De la misma manera, el tiempo estimado para darle solución a un juicio monitorio medio ronda los 7 meses mencionado por las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial.

¿Qué sucede si no se recoge monitorio?

En este caso, no recoger la notificación hará que el procedimiento se archive. Hay que tener en cuenta que si el domicilio está localizado es bastante probable que el juzgado acabe encontrándote de alguna manera.

¿Cuánto tardan en embargar después de un monitorio?

¿Cuánto tardan en embargar en un juicio monitorio? Tardan un mínimo de 40 días. Inicialmente, si la deuda queda acreditada en el juicio monitorio, el juez te declarará culpable y habrán de esperar 20 días hábiles para que la sentencia sea firme.

¿Cuáles son las cosas que no se pueden embargar?

Los derechos de uso y habitación. Los sueldos y emolumentos de los funcionarios y empleados públicos. Las servidumbres, a no ser que se embargue el fundo a cuyo favor estén constituidas; excepto la de aguas, que es embargable independientemente. La renta vitalicia, en los términos establecidos en el Código Civil.

¿Qué bienes me pueden embargar?

ARTICULO 436.
  • Bienes consignados como garantía de la obligación que se reclame;
  • Dinero.
  • Créditos realizables en el acto;
  • Alhajas;
  • Frutos y rentas de toda especie;
  • Bienes muebles no comprendidos en las fracciones anteriores;
  • Bienes raíces;
  • Sueldos o pensiones;

¿Qué pasa si me demandan por no pagar una deuda?

Una vez que te hayan demandado y no tengas como pagar la deuda, a falta de pago, sí pueden embargar tus bienes. Para que esto pase, forzosamente debe existir un juicio mercantil. En caso contrario, no se te podrá embargar nada.

¿Qué cantidad de dinero se puede reclamar judicialmente?

El juicio ordinario se encuentra regulado en el artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y da la posibilidad de reclamar deudas con un importe superior a 6.000 euros. También permite la reclamación de deudas de cuantía indeterminada. Es necesario acudir al proceso con abogado y procurador.

¿Qué pasa si no pago una deuda judicial?

No pagar. En este caso, se inicia la ejecución forzosa de todos los bienes. Es decir, la deuda se ha convertido en ejecutable y, por lo tanto, se pueden embargar bienes para cubrir el cobro de la deuda. Al no pagar, la entidad o persona que reclama la deuda embargará algunos de tus bienes para cobrarse la deuda.

¿Cuánto es lo máximo que me pueden embargar?

Dado que el SMI es inembargable, sólo te podrán embargar un 30% de lo que supere los 1.000 euros al mes si cobras en 14 pagas. Para un salario de 1.000 euros esto quiere decir que no te podrán realizar ningún embargo si cobras en 14 pagas. Eso sí, todo lo que supere esa cuantía sí que se podrá embargar de tu nómina.

¿Cuánto es lo máximo que te pueden embargar de la cuenta?

Si tu saldo en la misma es menor que el Salario Mínimo Interprofesional, no te pueden embargar nada. Si el saldo acumulado es el doble que el SMI, se aplica el 30% Si el saldo triplica el SMI, se embargará el 50% Si el saldo es cuatro veces superior al SMI, se embargará el 60%

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