¿Cómo se cambia la categoría de autónomo cuando se jubila?

Preguntado por: Lic. Luisa Olivera  |  Última actualización: 9 de octubre de 2026
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Para cambiar tu categoría de autónomo al jubilarte, debes comunicar tu nueva situación a la Seguridad Social a través de su portal (Importass/Tu Seguridad Social) para ajustar tu cotización o cesar tu actividad, y si sigues trabajando, puedes optar por la jubilación activa o la jubilación completa (cesando toda actividad), lo que implicará modificar tu alta en el registro de autónomos y, en España, adaptar tu cotización a los nuevos tramos según tus rendimientos, especialmente si ya estás en la jubilación activa.

¿Cómo modificar la categoría de autónomos a jubilado?

La modificación de la categoría deberá efectuarse ingresando al servicio con clave fiscal "Sistema Registral", menú "Registro tributario", opción "Empadronamiento Autónomos". Dicha modificación tendrá efectos a partir del período mensual devengado, inclusive, en que fue realizada.

¿Se puede estar jubilado y ser autónomo?

¡Sí, un jubilado puede ser autónomo en España! Es totalmente compatible, pero hay que elegir bien la modalidad: puedes compatibilizar el 100% de tu pensión con trabajos por cuenta propia si no superas el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual y no te das de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) si la actividad es modesta; o puedes acogerte a la Jubilación Activa, que te permite seguir trabajando y cobrar un porcentaje de tu pensión (generalmente el 50%) bajo condiciones específicas de edad y cotización, siendo la opción ideal si quieres seguir a tiempo completo o superas el límite del SMI. 

¿Cómo cambiar la cotización de autónomos?

Para cambiar tu cuota de autónomo, debes modificar tu base de cotización a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, seleccionando tu base según tus rendimientos netos previstos, y puedes hacerlo hasta 6 veces al año, con efectos en fechas concretas como 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, etc., según el plazo de solicitud. El proceso online implica ir a "Trabajo autónomo" > "Cuota y cotización" > "Modificar", e introducir tu IBAN para la domiciliación del recibo, según indican Grupo2000, BBVA, Openges y Quipu. 

¿Cuándo se puede cambiar la base de cotización de autónomos?

Plazos. Los plazos para solicitar el cambio de base dependerán del momento en que se desee que tenga efecto la variación: Entre el 1 de enero y el último día de febrero para que el cambio tenga efectos el 1 de marzo. Entre el 1 de marzo y el 30 de abril, para que el cambio tenga efectos el 1 de mayo.

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35 preguntas relacionadas encontradas

¿Cuáles son las nuevas reglas para los autónomos?

Esta reforma afectará a los autónomos y sociedades, en particular a aquellos cuyo ejercicio fiscal no finalice en fechas específicas entre el 31 de marzo y el 5 de abril. Según el BPR, todos los beneficios de autónomos y sociedades tributarán según el ejercicio fiscal, a partir del ejercicio 2024-2025 .

¿Cuánto le queda a un autónomo cuando se jubila?

Un autónomo jubilado cobra una pensión que varía mucho, pero la media ronda los 1.000 € mensuales (por debajo de los asalariados), y si cotiza por la base mínima, puede recibir entre 800 € y 950 € (con cónyuge a cargo) en 2025, dependiendo de años cotizados y situación familiar; para el 100% se necesita cotizar unos 38 años y medio. La clave es la base de cotización: cotizar poco implica una pensión baja, aunque se cumplan años; cotizar por la base máxima puede acercarse a los 2.800 €. 

¿Cuál es la regla de los 3 en la jubilación?

Una tasa de retiro del 3% funciona mejor con carteras más grandes. Por ejemplo, usando las cifras anteriores, una regla del 3% significaría retirar solo $22,500 al año . En este caso, podría necesitar ingresos adicionales, como el Seguro Social, para complementar su jubilación.

¿Cómo se determina la categoría de autónomos?

La categoría se determina considerando la actividad desarrollada y los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de categorización. De tratarse de inicio de actividades, corresponde la categoría inferior de la tabla, de acuerdo con la actividad a desarrollar.

¿Cómo funciona la jubilación siendo autónomo?

Durante la jubilación activa se cobra el 50% de la pensión. No obstante, si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100%.

¿Cuánta pensión recibiré si soy autónomo?

Si trabaja por cuenta propia, el importe de su pensión dependerá en gran medida de sus aportaciones y de la cantidad que aporte con el crecimiento de sus inversiones . Esto suele significar que tendrá más dinero durante la jubilación si ahorra durante el mayor tiempo posible.

¿Qué pasa si jubilo y sigo trabajando?

Trabajar estando jubilado tiene consecuencias importantes, principalmente económicas y legales: si no se comunica a la Seguridad Social, puede haber multas de hasta 10.000€ y devolución de pensiones, pero existen modalidades legales como la jubilación activa (permite cobrar el 100% de la pensión y trabajar sin límite) o la flexible (reduce la pensión proporcionalmente a la jornada, entre 50-75%) donde sí es posible y las cotizaciones futuras pueden mejorar la pensión, siendo beneficioso para ingresos extra y mantenimiento de actividad, pero requiere declaración obligatoria. 

¿Puedo estar jubilado y ser autónomo?

¡Sí, puedes estar jubilado y ser autónomo en España! La regla general es la incompatibilidad, pero existen opciones como la Jubilación Activa, que te permite compatibilizar el 100% de tu pensión con tu actividad por cuenta propia, siempre que cumplas requisitos específicos como no tener empleados (salvo excepciones) y cotizar por contingencias profesionales, o una modalidad con el 50% de la pensión si tienes empleados, pudiendo incluso cobrar el 100% si eres autónomo con empleados y cumples la edad legal, gracias a cambios recientes en la ley. 

¿Cuando un autónomo se jubila, ¿tiene que indemnizar a los trabajadores?

Sí, cuando un autónomo se jubila y cierra su negocio, debe indemnizar a sus trabajadores, correspondiendo una cantidad equivalente a un mes de salario (incluyendo pagas extras) además del finiquito (salarios pendientes, vacaciones), según el artículo 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores, siempre que la actividad no continúe bajo otra forma jurídica o persona. Esta indemnización es distinta a la de una sociedad mercantil y es un derecho del trabajador por la extinción del contrato debido a la jubilación del empresario, no un despido objetivo, a menos que la empresa sea una sociedad donde se aplicarían 20 días por año trabajado. 

¿Qué pasa si un jubilado sigue trabajando?

Trabajar estando jubilado tiene consecuencias importantes, principalmente económicas y legales: si no se comunica a la Seguridad Social, puede haber multas de hasta 10.000€ y devolución de pensiones, pero existen modalidades legales como la jubilación activa (permite cobrar el 100% de la pensión y trabajar sin límite) o la flexible (reduce la pensión proporcionalmente a la jornada, entre 50-75%) donde sí es posible y las cotizaciones futuras pueden mejorar la pensión, siendo beneficioso para ingresos extra y mantenimiento de actividad, pero requiere declaración obligatoria. 

¿Cuál es la regla 2 para la jubilación?

La regla del 2% para la jubilación representa el enfoque más conservador entre las estrategias de tasa de retiro. Esta estrategia sugiere que los jubilados retiren solo el 2% de su capital total de jubilación durante el primer año, con ajustes anuales posteriores por inflación .

¿Cómo saber si mi jubilación es la correcta?

Ingresá en mi ANSES, con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. En la sección Información personal seleccioná Consulta de expediente y realizá tu consulta. El sistema te informará en qué estado se encuentra tu expediente.

¿Cuántos años se cuentan para el cálculo de la jubilación?

Para jubilarte en España, necesitas un mínimo de 15 años cotizados (con 2 en los últimos 15), pero para calcular la pensión se consideran los últimos 25 años cotizados (300 meses), aunque una reforma en curso prevé ampliar este periodo a 29 años (quitando los 2 peores) a partir de 2026, pudiendo elegir el más favorable, y la edad de jubilación ordinaria sube progresivamente hasta los 67 años. 

¿Cuáles son los tipos de jubilación para autónomos?

Para autónomos en España, existen varios tipos de jubilación, incluyendo la Ordinaria (edad legal según cotización), Anticipada (voluntaria o por discapacidad/invalidez, con requisitos más estrictos), Activa (compatibilizar pensión y trabajo, cobrando el 50% o 100% si hay empleados), y Demorada (retrasar para bonificaciones). Las opciones permiten flexibilidad, pero es crucial cumplir requisitos de edad y años cotizados, con particularidades como la Jubilación Flexible/Parcial (para quienes tienen trabajo por cuenta ajena) y la Jubilación con Ingresos Limitados.
 

¿Cuál es la jubilación mínima de autónomos?

La pensión mínima de un autónomo en España en 2025 varía bastante según si tiene cónyuge a cargo o no, y si es menor de 65 años, rondando los 874€ (sin cónyuge) y hasta 1.127€ (con cónyuge) para los mayores de 65 años, pero si cotiza por la base mínima puede ser más baja, incluso alrededor de los 827€ mensuales, y si se jubiló antes de los 65 años sin cónyuge, podría ser de unos 818€, dependiendo de su situación familiar y años cotizados. 

¿Pensión máxima de un autónomo jubilado?

En 2022, la pensión máxima que puede cobrar un autónomo es de 2.820 euros repartida en 14 pagas, por lo que el cómputo anual es de 39.474 euros, tras la subida de 113 euros al mes que se aprobó en el periodo anterior.

¿Cuánto van a pagar los autónomos en 2025?

La cuota de autónomos en 2025 se basa en el sistema de cotización por ingresos reales, con cuotas que van desde unos 200 €/mes para rendimientos bajos (menos de 670 €/mes) hasta unos 1.800 €/mes para los más altos, calculadas con un tipo de cotización del 31,4% sobre tu base elegida en los tramos, aunque hay variaciones según la fuente y ajustes. La cuota mínima son aproximadamente 200€/mes (Ingresos < 670€) y la máxima unos 1.800€/mes (Ingresos > 6.000€). 

¿Cuándo se pasan los autónomos?

Los autónomos pagan su cuota mensual a la Seguridad Social el último día hábil de cada mes, que es cuando se domicilia el recibo en la cuenta bancaria, aunque la fecha exacta depende de si ese día cae en fin de semana o festivo, en cuyo caso se adelanta al día laborable anterior. También tienen otras fechas clave para impuestos trimestrales, como del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero para modelos trimestrales (IVA/IRPF). 

¿Qué normativa regula a los autónomos?

Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Publicado en: «BOE» núm. 166, de 12/07/2007.

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